LA TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO - ANDRÉS CUSI ARREDONDO

LA TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO
ANDRÉS CUSI ARREDONDO

La Teoría del Acto Jurídico pretende explicar el rol de la voluntad privada en la generación de relaciones jurídicas y supone desentrañar la finalidad misma del acto, pues hace radicar su esencia en la manifestación de una voluntad jurídicamente eficiente, establecer los requisitos para su validez y, en general, comprende todas aquellas materias que se vinculan para constituir al acto jurídico en fuente de relaciones jurídicas, de derechos subjetivos y deberes jurídicos.

JORNADAS DE DERECHO PROCESAL CIVIL - UNFV [2014]

Curso-Taller de verano de Derecho Procesal Civil, organizado por la Asociación Civil "Seminario de Estudios Jurídicos", llevado a cabo en la facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional "Federico Villarreal."
Mes de Enero y Febrero del 2014
   

   
   
   
   
   



AUDIOS

 

 

EL CONTRATO DE COMPRAVENTA - ANDRÉS CUSI ARREDONDO

CONTRATO DE COMPRAVENTA
ANDRÉS CUSI ARREDONDO

El contrato de compraventa es el acto mediante el cual una persona denominada vendedor, se obliga a transferirles a otro denominado comprador la propiedad de un bien a cambio del pago de su precio en dinero.
  
Desde esta perspectiva podemos decir que la compraventa es uno de los contratos más importantes de nuestro medio.

Siendo así, el contrato de compraventa cuenta con ciertas características:
  • Es autónomo, porque no depende de otros contratos.
  • Es obligacional. En este contrato existen obligaciones reciprocas. El vendedor debe entregar el inmueble y el comprador debe pagar el precio convenido.
  • Es a título oneroso. Existe enriquecimiento.
  • Es consensual. Se requiere del necesario acuerdo entre ambas partes.
  • Tiene libertad de forma. Es decir, se puede celebrar de manera escrita u oral con excepción de la compra venta de inmueble que necesariamente tiene que celebrarse de manera escrita.

LITISCONSORCIO E INTERVENCIÓN DE TERCEROS - ANDRÉS CUSI ARREDONDO


[LITISCONSORCIO E INTERVENCIÓN DE TERCEROS]

LITISCONSORCIO

1.    DEFINICIÓN

PRIETO CASTRO se refiere al litisconsorcio como la presencia, en el mismo procedimiento, de varias personas en la posición de actores (litisconsorcio activo) o de demandados (litisconsorcio pasivo), o de los actores de un lado y los demandados del otro (litisconsorcio mixto).

2.    CLASIFICACIÓN 

Se puede clasificar en:

A)   Litisconsorcio Necesario

Esta institución surge cuando varias personas tienen y conforman de manera indisoluble la calidad de parte material, es decir, participan de una relación jurídica sustantiva.

 El litisconsorcio necesario debe ser emplazado en el proceso, sino la resolución que se expida será totalmente ineficaz. Si el juez advierte que un litisconsorte necesario no ha sido emplazado, puede paralizar el proceso.

B)   Litisconsorcio Facultativo

No se trata en este caso de personas intrínsecamente ligadas, sino de personas independientes del titular de la relación sustantiva, pero que podrían de alguna manera ser afectadas por lo que se resuelva en el proceso sobre la base de algún principio de conexión. La presencia de éste litisconsorte no es definitiva ni esencial. La intervención del litisconsorte es voluntaria; su ausencia no afectar el proceso.


INTERVENCIÓN DE TERCEROS

1.    DEFINICIÓN

SERRA señala el intervención procesal constituye la posibilidad de que un tercero ajeno al proceso ya iniciado y por motivos de interés directo con el objeto del proceso o por sus posibles consecuencias, ingrese en el mismo en unión de las partes procesales.
Ellos se incorporan al proceso con posterioridad a la notificación de la demanda.
El interviniente debe tener un interés jurídico relevante (el interés debe tener sustento en el ordenamiento jurídico) en el desarrollo y resultado del proceso. Si el juez admite la intervención en el proceso, el interviniente deja de ser tal y se convierte en tercero legitimado.

2.    CLASIFICACIÓN

A)   Intervención de Terceros Voluntaria

  • Intervención Coadyuvante: su actuación en el proceso es accesoria, actúa como un colaborador dirigente de una de las partes. Ejemplo, el acreedor que interviene en el proceso de reivindicación que tiene su deudor.
  • Intervención Litisconsorcial: se refiere a un interviniente a quien la sentencia no va a afectar directamente porque está vinculado totalmente a la relación jurídica sustantiva. Tiene un interés personal en la pretensión, y este interés es distinto de la parte de quien es litisconsorte, por esta razón tiene autonomía para actuar dentro del proceso. 
  • Intervención excluyente principal: el interviniente principal solicita al juez su incorporación en el proceso iniciado a fin de hacer valer dentro de él su pretensión, que esta en directa oposición con el pretendido por las partes en el proceso. Se caracteriza porque el interviniente tiene un profundo y total desinterés por la posición de las partes. Esto es así porque tiene su propia posición.
Esta intervención sólo puede ocurrir hasta antes de la sentencia de primera instancia.
  • Intervención excluyente de propiedad o de derecho preferente: el presupuesto material para la intervención es la existencia de un bien sujeto medida cautelar dentro de un proceso, o de un bien pasible de ser materia de ejecución.


B)   Intervención de Terceros Obligatoria

  • Denuncia civil: este mecanismo procesal mediante el cual una parte (demandado) entrega a un tercero al proceso, respecto de quien tiene determinados intereses (presentes o futuros) en la misma u otra relación sustantiva, conectará jurídicamente esta última con la que se discute en el proceso.
El denunciado una vez emplazado, será considerado como litisconsorte del denunciante. 
  • Aseguramiento de pretensión futura: en doctrina se denomina “llamamiento en garantía”. Su especial naturaleza surge del hecho que no persigue como propósito que el denunciado ayude al denunciante o que lo reemplace, sino que quede obligado ante el denunciante, por lo que éste sea condenado en el mismo proceso.
  • Llamamiento posesorio: se presenta en procesos que contienen pretensiones posesorias. Es posible que un bien no se encuentre con el poseedor legítimo, sino con aquel que se denomina servidor de la posesión o poseedor mediato. Si se emplace en un proceso a este último, no se estaría reflejando la relación jurídica sustantiva en la relación jurídica procesal; para evitar que se declare nulo el proceso por emplazar a persona distinta del poseedor, el servidor de la posesión tiene el deber de denunciar al verdadero poseedor; con ello se le concede el derecho de separarse del proceso, siempre que el denunciado reconozca su calidad de poseedor. Si el denunciado no se apersona, o niega el proceso continuará con el denunciante, pero surtirá efectos contra ambos.
  • Llamamiento por fraude o colusión: esta denuncia no está concebida para ser usada por alguna de las partes, sino por el Juez; el presupuesto material de ella está dado por la presunción que genera en el juez la conducta de las partes durante el desarrollo del proceso.
En el proceso puede darse un contubernio entre las partes para afectar a un tercero que no aparece en la escena procesal. De darse esta situación, el juez tiene la facultad de citar al perjudicado para que conozca el proceso y haga valer sus derechos, incluso puede suspender el proceso por un plazo no mayor a 30 días.


EXTROMISIÓN

Por esta institución procesal, el Juez, de oficio o pedido de parte, esta facultado a decidir la separación procesal de un tercero legitimado, es decir, de un interviniente a quien por un acto procesal anterior, se había admitido en el proceso.


Bibliografía:
• El ABC del Derecho Civil y Procesal Civil - EGACAL 

LA ACUMULACIÓN - ANDRÉS CUSI ARREDONDO


[LA ACUMULACIÓN]

1.    DEFINICIÓN

Es la institución procesal que se presenta cuando hay más de una pretensión o más de dos personas (como demandantes o demandados) en un proceso. Esta institución, ha sido regulada para hacer efectivo el principio de economía procesal  y evitar la expedición de fallos contradictorios.

2.    CLASIFICACIÓN

Podemos clasificar la acumulación en:

A.   ACUMULACIÓN OBJETIVA

Existe acumulación objetiva cuando en el proceso se demanda más de una pretensión. Ejemplo, resolución de contrato más indemnización por daños y perjuicios.


A.1. Acumulación Objetiva Originaria

Esta institución se configura cuando existe más de dos pretensiones en la presentación de la demanda. A su vez se subclasifican en:
  • Acumulación Objetiva Originaria Subordinada.- En ella se presentan pretensiones que tienen una relación  de principal o subordinada, el desamparo de una conduce al Juez a pronunciarse respecto a otra. La relación de subordinación debe ser expresada por el demandante (de lo contrario se puede declarar improcedente la demanda por el artículo 427º inciso 7 del Código Procesal Civil).
  • Acumulación Objetiva Originaria Alternativa.- En este caso, el demandado puede elegir cualquiera de las pretensiones demandadas en la ejecución de la sentencia. La selección de una excluye a las demás.
  • Acumulación Objetiva Originaria Accesoria.- El demandante propone varias pretensiones, advirtiéndose que una de ellas tiene la calidad de principal, y las otras son satélites del anterior. Por eso, al declararse fundada la pretensión base, se amparan también las demás.

A.2. Acumulación Objetiva Sucesiva

Se produce cuando la concurrencia de pretensiones acontece después de la presentación de la demanda.

Se presente en los siguientes casos:
  • Cuando el demandante modifica su demanda agregando una o más pretensiones.
  • Cuando el demandado reconviene.
  • Cuando de oficio o pedido de parte, se reúnen dos o más procesos conexos en uno, a fin de evitar pronunciamientos contradictorios.
La acumulación de pretensiones se realizaba antes de la audiencia de conciliación, ahora con la modificación del Decreto Legislativo Nº 1070, se realiza antes del saneamiento procesal, debido a que ya no existe una audiencia de conciliación.


B.   ACUMULACIÓN SUBJETIVA

Existe acumulación subjetiva cuando el proceso hay más de dos personas. La acumulación subjetiva puede ser:
  • Activa: Si son varios demandantes.
  • Pasiva: Si son varios demandados.
  • Mixta: Cuando son varios demandantes y demandados.
Este tipo de acumulación si se clasifica en:

B.1.  Acumulación Subjetiva Originaria

Esta institución surge si con la presentación de la demanda, se advierte la presencia de dos o más demandantes o demandados.

B.2. Acumulación Subjetiva Sucesiva

Se presenta si después de la interposición de la demanda, aparecen más demandantes o demandados. Puede darse el caso de concurrencia en tercero.

En la acumulación subjetiva puede suscitarse dos figuras:
  • Si la pluralidad de sujetos en el proceso son demandantes o demandados o ambos, se configura el LITISCONSORCIO.
  • Si la pluralidad de sujetos en el proceso no son demandantes ni demandados, entonces estamos ante la INTERVENCIÓN DE TERCEROS.

DESACUMULACIÓN

Es la separación de los procesos acumulados para que se tramiten de manera independiente ante los jueces originarios. Esta decisión se basa en que la acumulación ha afectado el principio de Economía Procesal y ha originado mayor esfuerzo, tiempo o gasto.


SUCESIÓN PROCESAL

Esta figura procesal puede confundirse con la intervención de terceros en el proceso, porque supone, en cierta medida, la presencia de una persona distinta en el proceso, después de la notificación de la demanda.

La sucesión procesal es la institución que regula el trámite, los casos y efectos que produce el cambio de una persona en la relación jurídica sustantiva después de que se ha iniciado el proceso; es decir, cuando ya existe una relación jurídica procesal establecida.

Los supuestos de sucesión procesal son los siguientes:
  • Por Mortis causa. Se demanda una persona que fallece a la mitad del proceso; por tanto el proceso se suspende, pero podrá continuar con sus sucesores o con un curador procesal.
  • Una persona jurídica que es parte en un proceso en donde se discute la propiedad de uno de sus bienes, se extingue. El socio que sea el nuevo titular del bien deberá continuar el proceso. También sucede si se funciona.
  • Por Acto intervivos. Cuando ocurre la transferencia del bien que es materia de proceso, o cuando el derecho material sustento de la pretensión principal perece por el transcurso del tiempo. La persona que adquiere el derecho, al producirse el vencimiento del plazo, puede continuar el proceso.

INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO

El Ministerio Público, en un proceso civil, puede intervenir de tres maneras:

  • Como parte. Ejemplo, separación convencional y divorcio ulterior, de acuerdo a la modificación del artículo 574º del Código Procesal Civil (ley 29057), sólo interviene cuando los cónyuges tuviesen hijos sujetos a patria potestad.
  • Como tercero con interés o cuando la ley dispone que se le cite. Ejemplo, asuntos de familia.
  • Como dictaminador. Ejemplo, responsabilidad de los jueces, impugnación de acto o resolución administrativa.
El dictamen del Ministerio Público, en los casos que proceda, será emitido después de actuados los medios probatorios y antes de que se expida sentencia.


Bibliografía:
• El ABC del Derecho Civil y Procesal Civil - EGACAL

Datos personales

Mi foto
■ Abogado por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega | Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima | Abogado en el Estudio Jurídico Cusi Abogados & Asociados | Conciliador Extrajudicial especializado en Civil y Familia por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos | Director en el Centro de Conciliación Extrajudicial Cusi & Soluciones

VISITA NUESTRA FANPAGE

Suscríbete a mi Canal

Entradas populares

Enlaces de interés

Apps en Google Play

Traductor de idioma

Etiquetas

ACTO JURÍDICO (93) ARTÍCULOS JURÍDICOS (3) COLECCIONES DE DERECHO (11) CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL (22) CONTRATACIONES DEL ESTADO (1) CONTRATOS PARTE GENERAL (35) CONTRATOS TÍPICOS Y ATÍPICOS (48) CRIMINOLOGÍA Y CRIMINALÍSTICA (2) DERECHO ADMINISTRATIVO I (12) DERECHO ADMINISTRATIVO II (13) DERECHO ADUANERO (1) DERECHO AMBIENTAL (2) DERECHO BANCARIO (5) DERECHO CIVIL (20) DERECHO CONSTITUCIONAL DEL PERU (29) DERECHO CONSTITUCIONAL GENERAL (10) DERECHO DE AUTOR Y PROPIEDAD INDUSTRIAL (5) DERECHO DE FAMILIA (65) DERECHO DE LAS PERSONAS (16) DERECHO DE OBLIGACIONES (63) DERECHO DE SOCIEDADES (8) DERECHO DE SUCESIONES (15) DERECHO DEL TRABAJO I (INDIVIDUAL) (28) DERECHO DEL TRABAJO II (COLECTIVO) (5) DERECHO ECONÓMICO Y FINANCIERO (5) DERECHO GENÉTICO (1) DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO (1) DERECHO MÉDICO (1) DERECHO MINERO (18) DERECHO MUNICIPAL (3) DERECHO NOTARIAL (39) DERECHO PENAL (17) DERECHO PENAL I (12) DERECHO PENAL II (3) DERECHO PENAL III (8) DERECHO PENAL IV (5) DERECHO PENAL V (7) DERECHO PREVISIONAL (1) DERECHO PROCESAL CIVIL I (39) DERECHO PROCESAL CIVIL II (27) DERECHO PROCESAL CIVIL III (16) DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL (11) DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO (10) DERECHO PROCESAL PENAL (9) DERECHO REGISTRAL (28) DERECHO TRIBUTARIO (6) DERECHOS REALES I (23) DERECHOS REALES II (6) DIAPOSITIVAS DE ACTO JURÍDICO (11) DIAPOSITIVAS DE ADMINISTRATIVO (1) DIAPOSITIVAS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL (7) DIAPOSITIVAS DE DERECHO PENAL GENERAL (2) DIAPOSITIVAS DE DERECHO PENAL PARTE ESPECIAL (2) DIAPOSITIVAS DE DERECHOS REALES (2) DIAPOSITIVAS DE FAMILIA (1) DIAPOSITIVAS DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO (2) DIAPOSITIVAS DE MARCS (9) DIAPOSITIVAS DE OBLIGACIONES (1) DIAPOSITIVAS DE PERSONAS (1) DIAPOSITIVAS DE SUCESIONES (1) DIAPOSITIVAS DE TEORÍA GENERAL DEL PROCESO (6) DICCIONARIOS JURÍDICOS (5) ESCRITOS JURÍDICOS (41) EVENTOS (9) EXPEDIENTES DE DERECHOS REALES (4) EXPEDIENTES DE ACTO JURÍDICO (2) EXPEDIENTES DE ADMINISTRATIVO (1) EXPEDIENTES DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL (1) EXPEDIENTES DE DERECHO LABORAL (3) EXPEDIENTES DE FAMILIA (3) EXPEDIENTES DE INTERNACIONAL PRIVADO (1) EXPEDIENTES DE OBLIGACIONES (2) EXPEDIENTES DE SUCESIONES (1) GESTIÓN PÚBLICA (14) INFOGRAFÍAS DE OBLIGACIONES (5) INTRODUCCIÓN AL DERECHO (43) INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL (TITULO PRELIMINAR) (4) JURISPRUDENCIA AMBIENTAL (1) JURISPRUDENCIA CIVIL (11) JURISPRUDENCIA DE ACTO JURÍDICO (5) JURISPRUDENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL (1) JURISPRUDENCIA DE FAMILIA (6) JURISPRUDENCIA LABORAL (2) JURISPRUDENCIA PENAL (1) JURISPRUDENCIA PREVISIONAL (1) JURISPRUDENCIA PROCESAL CIVIL (1) JURISPRUDENCIA REALES (3) JURISPRUDENCIA REGISTRAL (1) JURISPRUDENCIA RESPONSABILIDAD CIVIL (1) LIBROS DE ACTO JURÍDICO (17) LIBROS DE ADUANERO (1) LIBROS DE AMBIENTAL (2) LIBROS DE ARBITRAJE (3) LIBROS DE AUTOR Y PROPIEDAD INDUSTRIAL (1) LIBROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL (2) LIBROS DE CONSTITUCIONAL DEL PERÚ (8) LIBROS DE CONTRATOS GENERAL (9) LIBROS DE CONTRATOS TÍPICOS Y ATÍPICOS (5) LIBROS DE CRIMINOLOGIA Y CRIMINALISTICA (1) LIBROS DE DE DERECHO MUNICIPAL (3) LIBROS DE DERECHO ADMINISTRATIVO I (3) LIBROS DE DERECHO ADMINISTRATIVO II (4) LIBROS DE DERECHO CIVIL EN GENERAL (10) LIBROS DE DERECHO COLECTIVO (1) LIBROS DE DERECHO CONSTITUCIONAL GENERAL (1) LIBROS DE DERECHO LABORAL (6) LIBROS DE DERECHO MEDICO (1) LIBROS DE DERECHO PENAL EN GENERAL (16) LIBROS DE DERECHO PENAL I (5) LIBROS DE DERECHO PENAL II (2) LIBROS DE DERECHO PENAL III (1) LIBROS DE DERECHO PENAL IV (4) LIBROS DE DERECHO PENAL V (5) LIBROS DE DERECHOS REALES I (5) LIBROS DE DERECHOS REALES II (3) LIBROS DE FAMILIA (15) LIBROS DE GENÉTICO (1) LIBROS DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO (4) LIBROS DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL (5) LIBROS DE NOTARIAL (2) LIBROS DE OBLIGACIONES (10) LIBROS DE PERSONAS (4) LIBROS DE PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD (1) LIBROS DE PROCESAL CIVIL I (17) LIBROS DE PROCESAL CIVIL II (6) LIBROS DE PROCESAL CIVIL III (8) LIBROS DE PROCESAL CONSTITUCIONAL (5) LIBROS DE PROCESAL LABORAL (5) LIBROS DE PROCESAL PENAL (13) LIBROS DE REDACCIÓN JURÍDICA (1) LIBROS DE REGISTRAL (3) LIBROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL (5) LIBROS DE SOCIEDADES (5) LIBROS DE SUCESIONES (3) LIBROS DE TEORÍA GENERAL DEL PROCESO (5) LIBROS DE TÍTULOS VALORES (3) LIBROS DE TRIBUTARIO (6) LIBROS JURÍDICOS (129) LIBROS PREVISIONAL (1) MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (12) MONOGRAFÍAS JURÍDICAS (8) NORMAS LEGALES (17) PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD (2) RESPONSABILIDAD CIVIL (14) TEORIA GENERAL DEL PROCESO (30) TITULOS VALORES (7) VÍDEOS DE ACTO JURÍDICO (3) VÍDEOS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL (9) VÍDEOS DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO (2) VÍDEOS DE MARCS (10) VÍDEOS DE OBLIGACIONES (1) VÍDEOS DE PROCESAL CIVIL (2) VÍDEOS DE TEORÍA GENERAL DEL PROCESO (5)